TRAMITES Y ASESORIA LEGAL

Nuestro capacitado equipo de Abogados y especialistas lo asesoraran en todo lo concerniente a la tramitación de documentos como:

Registro de Empresas en USA*

Itin Number.

Ein Number.

Apostillas.

Legalización de Documentos.

Poderes.

Divorcios.

Trámites legales y de cualquier tipo, en los siguientes países:

Aruba, Brasil, Colombia, Costa Rica, Curazao, Chile, Ecuador, Nicaragua, Perú, USA y Venezuela.

* Incluye:

1) Artículos de Incorporación.

2) Número de Identificación Federal Fiscal (EIN).

3) Acuerdo Operativo General.

4) Agente Registrado.

5) Servicio Express.

 

 

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Quién puede solicitar la visa americana?

Los viajeros de países que no figuren en el Programa de Exención de Visa o Visa Waiver Program (VWP) y viajen a Estados Unidos por motivos de turismo o negocios, deben solicitar su visa americana de no inmigrante B1/B2.

A excepción de Chile, ninguno de los países latinoamericanos está incluido en el VWP.

No obstante, existen otros supuestos en los cuales un ciudadano extranjero debe tramitar una visa de visitante para Estados Unidos:

Viajeros de naciones incluidas en el VWP cuyas solicitudes de autorización electrónica ESTA hayan sido rechazadas

Visitantes de países que figuren en el VWP que hayan viajado a República Popular Democrática de Corea, Irán, Iraq, Libia, Sudán, Siria, Somalia o Yemen después de marzo de 2011

Viajeros que tengan doble nacionalidad de la República Popular Democrática de Corea, Irán, Irak, Sudán o Siria.

¿Qué puedo hacer en EE.UU. con una visa B1/B2?

Una visa B1/B2 debe solicitarse cuando el motivo del viaje a Estados Unidos sea alguno de los siguientes:

Turismo:

-Vacaciones

-Visita a amigos o familiares

-Tratamiento médico

-Participación en eventos sociales o de servicios de organizaciones y otros, eventos, concursos deportivos o musicales   sin remuneración

-Curso de estudio corto y recreativo que no dé lugar a una titulación oficial

Negocios:

-Reuniones con socios comerciales

-Asistir convenciones o conferencias científicas, educativas, profesionales o de negocios

-Liquidar una herencia

-Negociar un contrato

Requisitos para obtener su visa B1/B2

Para tramitar la solicitud de su visa americana de turismo y negocios debe reunir los siguientes requisitos:

-Pasaporte válido y en vigor durante al menos 6 meses más allá del período de estancia prevista en Estados Unidos. También deberá presentar pasaportes anteriores en caso de que ya tenga una visa asignada

-Página de confirmación del formulario DS-160 de solicitud de visa americana

-Comprobante de pago de la tasa MRV, si aplica.

-Una fotografía color de 5 x 5 cm (2 x 2 pulgadas) con una antigüedad de máximo 6 meses anteriores. La imagen debe cumplir las especificaciones del Departamento de Estado.

Adicionalmente, al momento de la entrevista consular en la embajada de Estados Unidos , es posible que deba presentar documentos adicionales que dejen evidencia de:

-El motivo de su viaje a Estados Unidos

-Su intención de abandonar el territorio una vez culmine su visita

-Recursos económicos para costear los gastos de su viaje al país

-Empleo o lazos familiares que avalen el propósito del viaje y su intención de regresar a su país de origen

-Un tercero puede costear los gastos de su viaje en caso de que usted no se encuentre en capacidad de hacerlo.

¿Cuál es el costo de la visa de turismo y negocios?

El trámite de su solicitud de visa de no inmigrante B1/B2 requiere el pago de la tasa de solicitud de visa o tasa MRV. Esta tasa cubre los gastos de tramitación del documento por parte de las autoridades estadounidenses.

El monto de este arancel para la visa de turismo/negocios es de $185 (USD)*

*Nota: este monto no es reembolsable en caso de que su visado resulte denegado.

 

¿Cómo solicitar la visa paso a paso?

El proceso de obtención de su visado B1/B2 incluye los siguientes pasos:

1. Completar el formulario DS-160 para solicitudes en línea de la visa de no inmigrante.

2. Registrarse en la web del centro de solicitud en línea del Departamento de Estado estadounidense.

3. Efectuar el pago de la tasa MRV para la solicitud de visa (las instrucciones pueden variar de acuerdo al país. Puede consultar el sitio web de la embajada americana en su país para obtener las instrucciones de pago que aplican a su país.

4. Agendar su cita consular en la embajada de Estados Unidos en su país.

5. Nota: Para algunos países también es necesario programar una cita en el Centro de Atención al Solicitante (CAS) para la toma de huellas digitales y de la fotografía (datos biométricos).

6. Asistir a la entrevista consular en la embajada o consulado*

7. Seguir las instrucciones del oficial consular para recoger o recibir su pasaporte con la visa aprobada.

TIPOS DE VISAS

(B1/B2) de Visitante

Este visado permite viajar a Estados Unidos con fines turísticos, para ir de compras, visitar amigos o parientes, así como para acudir por tratamientos médicos. También sirve para asistir a convenciones científicas, educacionales, profesionales o a una conferencia con fecha específica.

(C) de tránsito

Quienes sólo quieren cruzar el territorio estadounidense o hacer una escala pueden sacarla, pero no podrán realizar ninguna actividad en el país.

(D) para integrantes de tripulación

Los miembros de tripulaciones de aviones o barcos pueden tramitar este visa si van a tocar tierra en Estados Unidos, como una escala de parte de su trabajo

(F) para estudiantes

La visa F-1 se otorga a estudiantes extranjeros que cursarán un programa de estudios académico en un colegio o universidad. Incluye cursos de idiomas.

(M) para estudiante no académico/técnico

La visa M-1 es para personas que se inscribe a cursos ser más cortos que los universitarios y que no tienen un valor académico, como clases de yoga, de comida, de baile, entre otros.

(I) para periodistas

Pueden obtener este visado los trabajadores de revistas, periódicos, televisión y radio, como reporteros, traductores, editores, analistas y presentadores. Las personas que brindan servicios puramente técnicos no están consideradas bajo esta categoría.

(J) estudiante de intercambio

La visa J-1 se otorga a los extranjeros participantes en programas de intercambio, de todos los niveles académicos.

(TD/TN) Profesional del TLC:

Entre los profesionistas elegibles para trabajar con empleadores estadounidenses están los contadores, ingenieros, abogados, farmacéuticos, científicos y maestros. Quienes no se encuentren en la lista de trabajos del antes llamado Tratado de Libre Comercio o no cuenten con una oferta de empleo por parte de un estadounidense, deberán solicitar un visa H-2A o H-2B.

(T) para víctimas de trata de personas

Este documento se brinda para que víctimas de tráfico puedan estar en Estados Unidos hasta por cuatro años, si ayudaron con alguna investigación. Además, permite solicitar después el estatus de residente permanente.

(U) para víctimas de actividad delictiva

Esta visa está destinada para personas víctimas de crímenes violentos en su territorio, para protegerlas mientras se realizan las investigaciones del delito. La visa U también puede proteger a la familia de la víctima. Es fundamental que el solicitante esté dispuesto a ayudar a las autoridades con declaraciones y datos que fortalezcan la investigación.

(H) para trabajadores temporales

La visa H2-A se otorga para poder ocupar puestos de empleos temporales en agricultura, mientras que la H2-B esta destinada a trabajadores no agrícolas, como jardinería, construcción y limpieza.

(O) para personas con capacidades extraordinarias

Personas con habilidades o logros extraordinarios en las ciencias, artes, educación, negocios o deportes.

(P) para atletas, artistas y animadores

Para artistas, intérpretes o trabajadores de intercambio que tengan programada una presentación étnica, folk, cultural, musical, teatral o artística tradicional.

(Q) para visitantes de intercambio cultural internacional

Permite participar en un intercambio cultural en una escuela, museo, negocio u otro establecimiento cultural.

(R) para trabajador religioso

Pueden sacar este visado los ministros, sacerdote o trabajadores de una asociación religiosa que tiene una contraparte legal no lucrativa en la Unión Americana. Este documento tiene una vigencia de dos años.

(L) para empleados transferidos dentro de su empresa

Se autoriza para que trabajadores sean transferidos a Estados Unidos por parte de su compañía.

(E1)

(E1): Para que participen en el comercio internacional los ciudadanos de países con los que Estados Unidos ha firmado tratados.

(E2)

(E2): Para ciudadanos de países con los que la Unión Americana ha firmado tratados y que ha realizado inversiones significativas en territorio estadounidense.

(E3)

(E3): Australianos con especialidades profesionales.

(K) para prometidos o cónyuge de un ciudadano estadounidense

La también llamada visa de prometido puede ser solicitada por extranjeros comprometidos con un ciudadano estadounidense, si tienen planes de mudarse y casarse dentro de Estados Unidos, dentro de un plazo de 90 días posteriores a su llegada al país.

Una vez que se obtiene esta visa, el consorte extranjero puede obtener un estatus de residente permanente otorgado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos

DOCUMENTOS DE SOPORTE

¿Cuáles son los documentos de soporte?

Los documentos de soporte son solo uno de varios factores que el oficial consular va a considerar durante su entrevista. Los oficiales consulares analizan cada solicitud de forma individual y consideran, entre otros, factores profesionales, sociales y culturales, entre otros. Los oficiales consulares pueden analizar sus intenciones específicas, situación familiar, sus planes y proyectos a largo plazo dentro de su país de residencia. Cada caso es examinado de forma individualmente y se le concede todas las consideraciones de la ley.

No es requerido que lleve ningún documento adicional a su entrevista de visa de no inmigrante aparte de una copia de la página de confirmación DS-160 y su pasaporte.

Le invitamos a llevar otros documentos que sean pertinentes a su caso, pero tenga en cuenta que el oficial consular tal vez no vaya a solicitarlos.

Estudiantes, Presentar sus últimos reportes académicos, record de notas y títulos/diplomas. También presentar evidencia de soporte financiero como los estados de cuenta bancarios, recibos de depósitos a plazo fijo, o cualquier otra evidencia.

¡Advertencia!

No presente documentos falsos. El fraude o la presentación de documentos falsos pueden dar lugar a una inelegibilidad permanente para la visa. Si le preocupa la confidencialidad, usted debe presentar a la Embajada sus documentos en un sobre sellado. Los solicitantes deben abrir los sobres frente al oficial consular y pasar los documentos debajo de la ventanilla. La Embajada no pondrá su información a disposición de nadie y respetará la confidencialidad de su información.

PREGUNTAS HABITUALES SOBRE LOS DIFERENTES VISADOS DE EE. UU. 

¿Qué debo hacer si se daña mi visa?

Si su visa se daña deberá solicitar una nueva en el consulado extranjero o en la embajada de los Estados Unidos.

¿Qué hago si mi visa se vence antes de viajar a Estados Unidos?

En caso de vencimiento de visas, deberá solicitar una nueva y pagar la tarifa de procesamiento para obtener la visa de no inmigrante. Es posible que requiera la presentación de nuevos documentos para ello.

¿Por cuánto tiempo puedo permanecer en EE. UU con una visa?

La estancia como turista en Estados Unidos no debe ser mayor a 90 días por periodo o más de 180 días al año. Esto con ciertas visas de no inmigrante, como la de turismo o negocio.
Usted deberá cumplir el periodo de fecha emitido en el papel de admisión. Es importante conservar el Formulario I-94 o el sello de admisión encontrado en su pasaporte.

¿Si rechazan la solicitud de visa recibiré un reembolso de dinero?

Si se le rechaza la solicitud por una visa americana, usted no recibirá ningún reembolso ya que las tarifas se aplican al costo que tiene procesar la solicitud.

¿Una visa me garantiza entrar a los Estados Unidos?

Una visa no garantiza que usted pueda acceder a EE. UU. solamente le permite viajar al aeropuerto o frontera terrestre. Al llegar ahí, el Departamento de Seguridad Nacional, Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP) evaluará si usted es admisible para entrar.

Este sitio no es una entidad oficial de los EE. UU. y no está asociado de ninguna manera con ninguna embajada o consulado de los EE. UU. Somos un servicio externo que ayuda con la traducción de la solicitud y no podemos garantizar que su solicitud sea aprobada por el Departamento de Estado. Las peticiones de EE. UU. se pueden obtener a través de los canales oficiales tradicionales sin nuestra asistencia y sin pagar nuestras tarifas de servicio visitando el sitio web del departamento de estado. Sus datos son totalmente confidenciales, por ética profesional, bajo ninguna circunstancia, podemos recomendarle mentir, ocultar información, falsificar documentos o violar la ley.